La Corte legitimó que la Profeco podrá demandar por fallas de telefonía móvil, es decir que podrá proceder en contra de las compañías cuando el grupo de afectados es numeroso, con lo que, buscan que el daño a los usuarios sea reparado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) legitimó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para exigir a las empresas de telefonía celular que, cuando se presenten fallas en sus servicios, reparen el daño a nombre de los usuarios perjudicados.
De acuerdo con los ministros de la Primera Sala cuando el grupo de consumidores de telefonía móvil afectado es muy numeroso, en el caso analizado son alrededor de 20 millones, es imperativo establecer una fórmula para respetar el derecho a la indemnización de todos los consumidores.
De esta forma se rechazó la propuesta de las empresas Baja Celular Mexicana, Movitel del Noroeste, Telefonía Celular del Norte, Celular de Telefonía y Pegaso Telecomunicaciones de Sistemas para exigir a los consumidores comprobar la afectación del servicio.
La SCJN señaló que, es necesario que las propias concesionarias de telefonía celular cuenten con la tecnología apropiada para detectar las fallas en el servicio que prestan, así como para el registro de la facturación y bonificaciones que se realizan a cada consumidor.
Ante esto, no se debe exigir a los consumidores que acrediten el pago del total del servicio, ni que no recibieron bonificación alguna, pues las empresas demandadas tienen que acreditar que los consumidores no cubrieron la totalidad del servicio.
Vía: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2017/06/28/1172539